
El titular del Juzgado Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, se plantea imputar al PSOE de Pedro Sánchez por un delito de organización criminal. Todo ello, por la participación activa de la formación política en las actividades delictivas de la cloaca del PSOE, en el marco de la denominada trama Sepi.
Pedraz dirige el procedimiento contra el exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, la fontanera de la formación política Leire Diez, el empresario Javier Pérez Dolset, el exconsejero de Presidencia de la Junta de Andalucía Gaspar Zarrías y el abogado Ismael Oliver por delitos de organización criminal, plurales delitos de cohecho, revelación de secretos, inducción al falso testimonio, acusación falsa, falsedad en documento mercantil, prevaricación, tráfico de influencias y delito contra las instituciones del Estado. También investiga al abogado Jacobo Teijelo Casanova y al guardia civil Juan Sánchez Yepes por delitos de revelación de secretos, cohecho y contra las instituciones del estado.
Fuentes jurídicas consultadas por Libertad Digital afirman que “el auto del magistrado Santiago Pedraz, en el que se acordó la entrada en la sede del PSOE en la calle Ferraz del pasado 27 de mayo, anticipa ya la posible imputación del Partido Socialista como persona jurídica por un delito de organización criminal. Los agentes de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO) solicitaron al Partido Socialista su ‘Programa de Cumplimiento Normativo’ (o programa de compliance), paso previo a la imputación de la formación política”.
“Para que una persona jurídica sea imputada por un delito de organización criminal se requiere que la propia organización criminal actúe en beneficio de la entidad o se valga de su estructura. Pedraz ya ha señalado directamente al que fuera secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán y a la actual gerente del partido Ana María Fuentes. Actualmente, el instructor estudia el armazón jurídico para imputar a la formación política. Una imputación que a juzgar por los indicios delictivos hallados hasta el momento, es inevitable “, añade.
Pedraz destacó en su auto que “un elemento especialmente significativo y, al mismo tiempo, demostrativo de esta unidad de acción y dirección se evidencia de la forma en la que fueron sufragados los costes y satisfechas las necesidades logísticas de la actividad investigada. Al mismo tiempo, el análisis de estos extremos también incide en el rol superior ostentado por Santos Cerdán, en tanto en cuanto este, como Secretario de Organización del PSOE, habría puesto a disposición de la estructura criminal la propia estructura del partido, que desde sus inicios soportó el coste de la actividad investigada, permitió que esta se sirviese de su personal para el desarrollo de funciones administrativas, aportó sus dependencias para la celebración de reuniones, o soportó el coste de la logística de algunos de sus miembros”.
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Además, el magistrado incidió en que “se habrían utilizado sociedades de los investigados con el presumible concierto de la gerente de la Secretaría de Organización del PSOE, Ana María Fuentes, quien emitía las oportunas órdenes de encargo sobre las que elaborar mendaces facturas que permitirían la transferencia de fondos con destino a Leire Díez”. La UCO solicitó al juez Pedraz el pasado jueves que requiriese a diferentes bancos los movimientos que se hayan producido en cuentas del PSOE desde 2024 hasta la actualidad.
Las mismas fuentes consultadas por LD subrayan que “el PSOE podría encontrarse con una doble imputación de delitos. En primer lugar, por un delito de financiación ilegal que investiga el titular del Juzgado Central de Instrucción nº 2 de la Audiencia Nacional Ismael Moreno y en segundo lugar, por el delito de organización criminal en el marco de la trama Sepi que investiga el juez Pedraz. En este último procedimiento, podría resultar imputado también por un segundo delito de cohecho”.
“La estrategia procesal pasaría por tomar primero declaración a todos los imputados, es decir, a las personas físicas que son investigadas. Posteriormente, Pedraz decidiría sobre la imputación del propio Partido Socialista de Pedro Sánchez”, concluyen.
Posible disolución del PSOE como partido
El Código Penal reconoce la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el artículo 31 bis. Concretamente, las personas jurídicas responden penalmente cuando se comete el delito en su nombre o por cuenta de ellas, y en su beneficio directo o indirecto. El artículo 570 quáter establece expresamente su responsabilidad penal por los delitos de organizaciones y grupos criminales (arts. 570 bis y 570 ter CP). De esta forma, se pueden imponer penas principales como multas.
Además, una eventual condena conlleva para las personas jurídicas consecuencias accesorias graves recogidas en le artículo 33.7 del Código Penal como la posible disolución de la persona jurídica, la suspensión de actividades (hasta 5 años), clausura de locales, la prohibición de realizar actividades (temporal o definitiva), la inhabilitación para contratos públicos, subvenciones, etc., o la intervención judicial.